Asistencia a Clase |
Según la legislación vigente, la asistencia a clase es un derecho y un deber de los alumnos presenciales.
El procedimiento a seguir será el siguiente:
Permanencia |
Alumnado Oficial
El alumnado tendrá derecho a cursar un número máximo de cursos equivalente al doble de los ordenados para cada nivel. El alumno que se incorpore directamente a segundo curso de un nivel dispondrá de un máximo de cursos igual al de quienes hayan superado el primer curso en un año.
Cuando se haya agotado el límite de permanencia, se perderá la condición del alumno oficial para cursar ese nivel en ese idioma en régimen de enseñanza presencial. En todo caso, una vez superado el nivel en otra modalidad -libre o a distancia-, podrá matricularse del siguiente nivel en la enseñanza presencial.
Alumnado libre
No existe límite de convocatorias.
Ausencias del Profesorado |
Las ausencias del profesorado se publicarán en el tablón situado en la entrada del centro y, siempre que sea posible, se informará vía e-mail a los alumnos afectados.
Si desea actualizar su dirección de correo electrónico puede hacerlo de 9:00 a 14:00 horas en la administración del centro.
Trámites Administrativos |
Desde la sección Trámites Administrativos, podrá acceder a información sobre Anulación y Renuncia de Matrícula, Cambio de Curso, Cambio de Horario, Traslado de Expediente, Certificación Académica Personal, Certificación de Nivel, Reclamación Pruebas, Solicitud de Aula, Biblioteca, Carné del Alumno, Declaración Responsable, Instancia-Solicitud y Declaración de Condiciones Especiales para la Realización de Exámenes.
Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales |
El 25 de mayo de 2018, comenzó a ser plenamente aplicable el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. A este reglamento se le conoce como Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Posteriormente se publicó la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Reglamento de Régimen Interior - Tratamiento de datos imagen/voz del alumnado
Si las grabaciones se realizan con fines educativos, como trabajos escolares y evaluaciones, el profesorado estará legitimado para su tratamiento sin necesidad de consentimiento teniendo en cuenta que éstas sólo estarán accesibles para el profesorado y, si procede, los alumnos involucrados y sus padres o tutores.
En el caso de los datos que se capten con fines no educativos, es decir realizados para la difusión o publicidad de la actividad del centro, por ejemplo, en su página web o redes sociales, teniendo en cuenta la normativa vigente y las características de esta enseñanza, se destacan los siguientes aspectos: