El alumnado y los padres de los menores de edad pueden consultar a través del botón "Acceso Privado":
- Ausencias - En General, apartado Faltas por mes.
- Cambio de horario - A través de la página principal (en el mes de octubre).
- Calificaciones - En General, apartado Destrezas.
- Mensajes del profesorado - En General, apartado Mensajes Noticias y Archivos, sección Mensajes Recibidos.


Extractos del Reglamento de Régimen Interior |
La participación de las familias en el proceso educativo
A los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o pupilos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para que el proceso educativo de su hijo se lleve a cabo de forma adecuada, y asista a clase y a las actividades programadas.
Actividades para impulsar las relaciones con los padres y tutores legales del alumnado menor de edad
- A principio de curso se enviará una carta a todos los padres de alumnos menores de edad en la que se les informará sobre el nombre del tutor, su correo electrónico y horario de tutoría, el usuario para entrar en el Acceso Privado para Padres y el protocolo de actuación en caso de ausencia del profesorado o del alumnado. Además, se adjuntará el modelo de autorización para incorporarse al aula una vez iniciada la clase o abandonarla antes de que finalice, que se puede descargar a continuación.

- Una vez finalizada la matrícula del alumnado libre se enviará una carta a todos los padres de alumnos menores de edad en la que se les informará sobre aspectos relevantes del proceso de evaluación y del funcionamiento del centro.
- Las ausencias de los menores de edad, sus calificaciones y otros datos académicos podrán ser consultadas a través del Acceso Privado para Padres de la página web del centro.
- A lo largo del curso, los padres podrán reunirse con los tutores de sus hijos y los miembros del equipo directivo en las horas establecidas, previa petición de hora.
Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales
El 25 de mayo de 2018, comenzó a ser plenamente aplicable el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. A este reglamento se le conoce como Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Posteriormente se publicó la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Tratamiento de datos imagen/voz del alumnado
Si las grabaciones se realizan con fines educativos, como trabajos escolares y evaluaciones, el profesorado estará legitimado para su tratamiento sin necesidad de consentimiento teniendo en cuenta que éstas sólo estarán accesibles para el profesorado y, si procede, los alumnos involucrados y sus padres o tutores.
En el caso de los datos que se capten con fines no educativos, es decir realizados para la difusión o publicidad de la actividad del centro, por ejemplo, en su página web o redes sociales, teniendo en cuenta la normativa vigente y las características de esta enseñanza, se destacan los siguientes aspectos:
- Cada departamento didáctico se encargará de gestionar los consentimientos de su alumnado según el modelo para el tratamiento de datos de imagen/voz de alumnos en centros de titularidad pública de Castilla y León. Estos pueden ser de carácter general, para todo el curso, o específico, para una actividad en concreto. El modelo está disponible en el aula virtual sala de profesores, sección Formularios.
- Los modelos de consentimiento cumplimentados serán ordenados alfabéticamente por grupo y fotocopiados. Los originales serán entregados a la dirección del centro para su custodia y las copias se archivarán en el departamento correspondiente.
- Los datos deben ser captados por los responsables de las actividades. Además, estos se encargarán de que se suban al SharePoint del departamento organizador y de hacerlos llegar a los responsables de publicación indicando los medios en los que se pueden divulgar.
- En cualquier caso, se podrán tomar fotos grupales genéricas en las que no sea posible la identificación de ningún alumno.
- Los datos se pueden almacenar por un año en el OneDrive corporativo.
- Si los asistentes a una actividad captan datos, estos serán para uso personal y doméstico.
- El consentimiento no legitima a los medios de comunicación a captar datos de los participantes.